AYUDAS PARA IMPARTIR DOCENCIA 2022/23 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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OBJETO: Ayudas PDI para impartir docencia en instituciones de enseñanza superior europeas. Mediante esta convocatoria se financiarán un mínimo de 2 días y un máximo 5 días laborables.
DESTINATARIOS: Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia. PLAZO DE SOLICITUD: FASE 1: hasta 12 de septiembre de 2022 FASE 2: hasta 1 de diciembre de 2022. FASE 3: hasta 16 de febrero de 2023. SOLICITUD ON-LINE: A través de la página web http://paipuc.um.es REQUISITOS GENERALES: 1. Carta de aval del Centro. 2. Carta de invitación de la institución de destino. 3. Requisito específico para PDI de centro adscrito: aval del Director General/Técnico. Los documentos de aval pueden encontrarse en el punto 14. PERSONA DE CONTACTO: Para consultas contactar por correo electrónico con Laura Cerezo movilidadpdi@um.es o concertar una cita previa a través de la página Web https://citaprevia.um.es/citaprevia/solicitar/SRIMOVIN, pinchando en el icono de cita previa y solicitando la tarea: Movilidad Erasmus para profesores y personal de administración. (Horario de atención de
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Convocatoria-listados concesión impartir docencia | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto convocatoria. Pinche aquí. FASE 1: FASE 2: FASE 3:
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1. Objeto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Por medio de
esta resolución se convocan plazas de movilidad y financiación de movilidades a
favor del personal docente e investigador de la Universidad de Murcia para
impartir docencia en instituciones de enseñanza superior en el marco del
programa europeo Erasmus+ en el curso 2022/23. Esta acción
permite que personal docente de instituciones de educación superior se traslade
a una institución que posea la Carta Universitaria Erasmus para impartir un
período de docencia con los siguientes objetivos: ¿
animar a las instituciones de enseñanza superior a que amplíen y enriquezcan la
variedad y contenido de su oferta lectiva; ¿
permitir al estudiantado que no tiene la posibilidad de participar en un
programa de movilidad beneficiarse de los conocimientos y experiencia del
personal académico de un centro de enseñanza superior de otro país europeo y
del personal invitado de empresas de otros países europeos;
¿
fomentar el intercambio de conocimientos y experiencias sobre métodos
pedagógicos. |
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2. Personas beneficiarias de financiación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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De acuerdo
con las condiciones referidas por el Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE), podrán ser personas beneficiarias
de esta financiación quienes reúnan la condición de personal docente e
investigador de la Universidad de Murcia que, en el momento de realizar la
movilidad, impartan enseñanza dentro de estudios (grado, máster o doctorado)
que conduzcan a la obtención de título oficial con validez en todo el
territorio nacional, que formen parte de la nómina de la Universidad de Murcia
y que cumplan las condiciones específicas señaladas en la base tercera.
Las personas beneficiarias obtendrán un seguro de responsabilidad civil y
accidentes para la duración de la estancia proporcionado por el Área de
Relaciones Internacionales.
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3. Condiciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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3.1
Condiciones generales
Sin
perjuicio de otras resultantes de esta resolución, la participación en el
programa y, en su caso, la concesión de esta financiación queda sujeta a las
siguientes condiciones específicas: 1.
El
personal docente, en el momento de realizar la movilidad, debe impartir
enseñanza dentro de estudios (grado, máster o doctorado) que conduzcan a la
obtención de título oficial con validez en todo el territorio nacional. 2.
El
personal docente tiene que formar parte de la nómina de la Universidad de
Murcia. 3.
Como
supuesto singular, puede, también, tener la condición de personal beneficiario
el personal que preste servicios a favor de la entidad titular de un centro
adscrito a la Universidad de Murcia, como personal docente que, en virtud del
correspondiente convenio de adscripción, imparta enseñanza en estudios
conducentes a la obtención de un título universitario oficial con validez en
todo el territorio nacional. 4.
La
movilidad del personal docente está basada en acuerdo interinstitucional
entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta
Universitaria Erasmus (EUC/X). 5.
La
movilidad se ha de efectuar a través de una carta de invitación de la
institución de destino. 6.
Durante
la realización de la movilidad, el personal beneficiario deberá estar integrado
en el departamento o facultad de la institución de acogida, lo
que supone que las instituciones de origen y acogida deben acordar
previamente al inicio de la movilidad un programa de enseñanza con las
actividades que realizará el personal beneficiario. Este programa deberá
incluir los objetivos y el valor añadido de la movilidad, el contenido
del programa de docencia y los resultados esperados. 7.
Podrán
participar, además de los nacionales de los países participantes en el
Programa, aquellas personas que, no siendo nacionales de uno de los países
participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de
residencia válido para residir en España durante el período de realización de
la movilidad. 8.
Se
requiere aval de la actividad expedido por el correspondiente Centro de la
Universidad de Murcia, conforme al modelo adjunto como Anexo I. 9.
Esta
acción permite al personal docente impartir un período de enseñanza de entre dos días de duración -como mínimo (el
número mínimo de días de estancia han de ser consecutivos) y al menos, 8 horas
lectivas semanales) y dos meses,
como máximo, en un centro de enseñanza superior radicado en otro país
participante. Para estancias en países no asociados (Reino Unido, Suiza, Islas
Feroe, Andorra, Ciudad del Vaticano, Mónaco y San Marino), la estancia mínima
será de 5 días de duración (el número mínimo de días de estancia han de ser
consecutivos) y un máximo de 2 meses. 10.
Mediante
esta convocatoria, se financiarán un
mínimo de 2 días y un máximo de 5 días.
En el caso de estancias inferiores a 5 días (entre 2-4 días), se tendrá en
cuenta un día de ida y/u otro de vuelta hasta un máximo de 5 días en total. 11.
Los
desplazamientos deben realizarse entre el día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión definitiva en el TOUM y el 30 de septiembre de 2023, entendiéndose 30 de
septiembre de 2023 como último día de la actividad financiada. 12.
No
se concederá más de una financiación por persona en el mismo curso académico, a
menos que el número de solicitantes sea inferior al número de plazas; en este
caso, podría concederse a los que solicitan una segunda movilidad, siempre que
sea a un destino diferente, alguna de las plazas que han quedado sin conceder. 13. Las personas
beneficiarias que presenten algún tipo de discapacidad grave podrán solicitar
financiación especial que complemente la cuantía ordinaria. A tal efecto, se
requerirá el correspondiente certificado médico acreditativo de la
discapacidad. El Servicio de Movilidad Internacional informará, en el tiempo y
forma oportunos, del procedimiento de solicitud de esta financiación
complementaria. 14. Solamente podrán
solicitarse destinos incluidos en el catálogo de plazas disponible en la web
Erasmus http://erasmus.um.es o con universidades con las que se
alcance un acuerdo bilateral antes de la fecha de cierre para solicitar
participar en la convocatoria. 15.
La
movilidad no podrá comenzar hasta la concesión oficial a favor de cada persona beneficiaria,
es decir, desde
el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión definitiva en
el TOUM.
2.2.
Requisitos específicos. El
personal docente de centro adscrito que reúna las condiciones señaladas en el
apartado 3.1.3 deberá acompañar a su solicitud, además de la documentación
requerida con carácter general, documento acreditativo de la conformidad de la
entidad titular del respectivo centro con la acción de movilidad propuesta,
debidamente suscrito por persona que disponga de poder bastante para
representar a dicha entidad titular (director gerente del centro o asimilado),
así como documento acreditativo de la conformidad del director académico del
centro. El
personal docente de centro adscrito que solicite y obtenga ayuda al amparo de
esta convocatoria queda sujeto a las mismas condiciones de aprovechamiento y de
justificación establecidas para el personal docente de la Universidad de
Murcia, así como a las mismas consecuencias en los supuestos de falta de
aprovechamiento o de justificación.
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4. Adjudicación de financiación e importes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La cuantía de
las ayudas económicas vendrá determinada por la financiación aportada por
fondos comunitarios (Comisión Europea, a través del Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación, SEPIE).
El número de
movilidades financiadas por parte de la Universidad de Murcia podrá verse
incrementado en tanto que el número de seleccionados supere el presupuesto
inicial y siempre que el Vicerrectorado de Internacionalización disponga de
fondos para designar a tal efecto acorde a la legislación que regule dicho
posible incremento de financiación
Los
solicitantes podrán optar a financiación paralela hasta un máximo de doscientos
euros (200 €) en la convocatoria de Financiación
de movilidades del Personal Docente e Investigador para el apoyo a la movilidad
en el marco del Programa Erasmus+, ya sea para Visitas de Supervisión o
para Visitas Preparatorias, siempre que la proximidad geográfica de las
instituciones así lo permita. El otorgamiento de financiación para la
organización de la movilidad se condiciona a la obtención de la destinada a
impartición de docencia.
La duración
máxima financiada será de cinco días laborables tal y como queda reflejado en
la cláusula 3 en los puntos 9 y 10 de las condiciones generales del apartado
3.1. No se financiarán días de viaje en el caso de que la movilidad exceda los
cinco días. En el programa a desarrollar se deberá demostrar que se realizarán
actividades relacionadas con la movilidad y especificar los días completos de
docencia realizada. En el certificado de estancia se harán constar los días
efectivos de la actividad.
De acuerdo
con las directrices del Programa Erasmus+, los importes serán los determinados
por el SEPIE para la movilidad hacia la institución de destino. Las cuantías se
pueden consultar a continuación:
Importes
por viaje:
*Desplazamiento ecológico: se define como aquel que utiliza medios
de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por
ejemplo el autobús, el tren o el automóvil compartido (el avión no se considera
desplazamiento ecológico). Los
beneficiarios deberán disponer de una prueba documental de que el participante
ha realizado un viaje ¿ecológico¿, (como
la copia del justificante de un viaje en autobús, por ejemplo).
Ver
herramienta de cálculo de distancias en: http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm
Importes
por manutención:
Ejemplo:
Puede
producirse el caso de que haya solicitantes seleccionados para realizar la
acción de movilidad que no reciban ninguna financiación (¿beca cero¿), si bien
podrán realizar tal movilidad con iguales garantías de reconocimiento.
Se
establecerán dos fases en el procedimiento de selección, correspondientes a las
fechas indicadas en la base quinta. En la primera fase del procedimiento de
selección se formulará propuesta de selección equivalente al ochenta por
ciento (80%) de la financiación total de la convocatoria. En la segunda
fase del procedimiento de selección se formulará propuesta de selección
equivalente al veinte por ciento (20%) de la financiación total de la
convocatoria. Los fondos asignados al primer procedimiento y no comprometidos
tras su resolución podrán acumularse a los fondos asignados al segundo
procedimiento de la convocatoria.
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5. Presentación de solicitudes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las solicitudes se presentarán a través de la página web http://paipuc.um.es, o a través del Registro Electrónico, con el auxilio, de ser ello requerido, de la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) radicada en el Campus de Espinardo, adjuntando, además, la siguiente documentación obligatoria:
-
Aval
de la actividad por parte del Centro (Vicedecano/a de Relaciones
Internacionales), con arreglo al modelo que se acompaña como Anexo I. -
Carta
de invitación de la institución de destino. -
En
el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de
aval del director/a general técnico del centro (Anexo II).
El plazo de
presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de
esta resolución en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) y finalizará
el 16 de febrero de 2023. Durante este periodo se realizarán tres fases de
selección, tal y como a continuación se detalla:
PRIMERA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el día siguiente al de la publicación hasta el 12
de septiembre de 2022, inclusive, serán consideradas en la primera fase del
procedimiento de selección de la convocatoria.
SEGUNDA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el 13 de septiembre de 2022 hasta el 1 de diciembre
de 2022, ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del
procedimiento de selección.
TERCERA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el 2 de diciembre de 2022 hasta el 16 de febrero
de 2023, ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del
procedimiento de selección.
Al término de
cada fase se producirá una propuesta de resolución provisional, con su
correspondiente resolución definitiva.
La
movilidad no podrá comenzar hasta la concesión oficial a favor de cada persona
beneficiaria, es decir, desde el día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión definitiva en el TOUM.
Protección de datos
De acuerdo
con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y
por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de
abril de 2016,se pedirá que el participante acepte, en el momento de realizar
la solicitud, que sus datos sean tratados para los fines específicos del
programa, dando su consentimiento al siguiente texto:
"Los datos requeridos durante el proceso
de solicitud de plaza de movilidad internacional y ayuda económica han de
proporcionarse preceptivamente para llevar a cabo la selección de los
participantes. Los datos serán tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales. Los datos se incorporarán a la base de datos de la
Universidad de Murcia (BORM, núm. 195, de 23 de agosto de 2002). Los derechos
de acceso, cancelación, oposición y rectificación podrán ser ejercidos ante la
Secretaría General de la Universidad de Murcia, radicada en la avenida Teniente
Flomesta nº 5, 30003, de la ciudad de Murcia (España).
Los datos personales serán tratados
exclusivamente en relación con la ejecución y evaluación del Programa Erasmus+,
sin perjuicio de la posibilidad de transferir dichos datos a los organismos
encargados de la inspección y auditoría de acuerdo con la legislación
europea."
También se
informará al solicitante de que a partir de ese momento se utilizará su
dirección de correo electrónico corporativo de la Universidad de Murcia para
todas las comunicaciones relacionadas con el proceso de solicitud, adjudicación
de plazas de movilidad internacional y gestión de la ayuda económica.
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6. Criterios de selección | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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En el caso de
que el número y las condiciones de las solicitudes presentadas impliquen
exceder el importe financiero previsto para cada fase de selección, se atenderá
a los siguientes criterios y con en el siguiente orden para clasificar las
solicitudes por orden de prioridad en lo atinente a la concesión de
financiación:
a.
Tener
el solicitante la condición de coordinador internacional o tutor del programa
Erasmus+: 2 puntos. b. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en los
cursos académicos 2020/21 o 2021/22: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada curso
académico). c.
Impartir
docencia en itinerarios bilingües tales como los grados en ADE y Educación
Primaria, así como los másteres en Biología y Tecnología de la Reproducción de los
Mamíferos y Nuevas Tecnologías en Informática; y cualquier otro programa
bilingüe que se imparta en la Universidad de Murcia, siempre y cuando no se
correspondan con materias lingüísticas: 1 punto. d.
Haber
recibido contraparte de la universidad de destino en la que se va a impartir
docencia en el curso 2021/22 (siempre que conste en el registro del
International Welcome Point del Servicio de Movilidad Internacional): 1 punto.
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7. Comisión de selección | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Se
constituirá una Comisión de Selección que llevará a cabo la valoración,
selección y propuesta de concesión de financiación de las movilidades
solicitadas de entre las solicitudes presentadas. Esta
Comisión estará integrada por: Presidente:
Vicerrector de Internacionalización Vocales: El
Coordinador de Programas de Movilidad. El Jefe
de Área de Relaciones Internacionales. La Jefa
de Servicio de Movilidad Internacional. Un
Coordinador/a Internacional representante de los centros. Secretaria:
una Técnico del Programa Erasmus+. La Comisión de Selección está facultada, en lo no previsto en esta convocatoria, para resolver las dudas que se presenten o proponer los acuerdos necesarios, en orden al buen fin de la misma |
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8. Procedimiento de concesión | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La convocatoria
se resolverá mediante tres fases de selección diferenciadas:
Primera
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas hasta el 12 de septiembre de 2022 (inclusive).
Tras la
primera fase del procedimiento de concesión los solicitantes que no hayan sido
propuestos para la obtención de financiación pasarán automáticamente a la
segunda fase.
Segunda
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas desde el 13 de septiembre de 2022 al 1 de diciembre
de 2022 (inclusive).
Tras la segunda fase del procedimiento de concesión los solicitantes que
no hayan sido propuestos para la obtención de financiación pasarán
automáticamente a la tercera fase.
Tercera
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas hasta el 2 de diciembre de 2022 al 16 de febrero de
2023 (inclusive).
Tras la
tercera fase se constituirá una lista de espera de solicitantes, en función del
baremo aplicado, que podrán optar a financiación si se producen bajas de
adjudicatario, ya que el número de movilidades financiadas por parte de la
Universidad de Murcia podrá verse incrementado en tanto que el número de
seleccionados supere el número de movilidades financiadas y siempre que el
Vicerrectorado de Internacionalización disponga de fondos para designar a tal
efecto. Así mismo, los adjudicatarios suplentes
podrían recibir financiación en el caso de que no se aplicaran todos los fondos
de la convocatoria de Plazas de Movilidad y Financiación de movilidades para el
personal no docente para realizar actividades de formación en instituciones de
enseñanza superior europeas en el marco del programa europeo Erasmus+ 2022/23,
ya que así lo permite el Servicio Español para la Internacionalización de la
Educación (SEPIE) en su normativa de justificación de fondos.
La Comisión,
una vez valoradas las solicitudes, elaborará en cada fase del procedimiento una
propuesta de resolución de carácter provisional. |
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9. Resolución | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las propuestas de resolución de la Comisión de Selección serán publicadas en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), así como en la página web del programa. Dentro de los diez días hábiles siguientes al día de publicación de cada propuesta de resolución de la Comisión de Selección, los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes, las cuales, en unión de las propuestas de resolución y del resto del expediente, serán elevadas al Rector para la resolución definitiva de adjudicación. El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. |
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10. Posibilidad de revisión | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La
adjudicación y disfrute de estas plazas podrá ser revisada por el Rector de la
Universidad de Murcia, mediante expediente contradictorio, a propuesta del
Vicerrector de Internacionalización y previo informe de la Comisión de
Selección. La resolución del Rector podrá declarar la pérdida de la ayuda, con
reintegro de la parte proporcional de las cantidades entregadas al
adjudicatario en los supuestos en los que se hubiere incurrido en ocultación,
falseamiento de datos o incumplimiento de las actividades u obligaciones de los
seleccionados previstas en la convocatoria. |
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11. Forma de pago y documentación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El
trámite de esta financiación, sólo podrá realizarse una vez publicada la
resolución definitiva de adjudicación siempre y cuando el interesado haya
resultado beneficiario. Para iniciar este trámite, será imprescindible que el
personal beneficiario haga llegar al Área de Relaciones Internacionales
la siguiente documentación:
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Contrato
de subvención de movilidad para docencia original,
en el que acepta las condiciones de la ayuda, con firma original por parte del
personal beneficiario. (Documento
de tipo administrativo-financiero, que se firma entre el adjudicatario, como
beneficiario de la beca Erasmus+, y
-
Acuerdo
de Movilidad firmado y sellado por ambas instituciones. (Documento
de tipo académico-profesional donde se detallan las condiciones de la
movilidad).
A la vuelta
de la movilidad, la persona beneficiaria deberá entregar en el Área de
Relaciones Internacionales: -
Certificado de Estancia. Sólo se subvencionarán los días
indicados en este documento, con un mínimo de dos días y un máximo de cinco
días (5 días consecutivos mínimo para
países no asociados). (Documento que la institución de acogida debe dar al
beneficiario, con las fechas de inicio y fin de la movilidad).
- El informe final de la
estancia será enviado
directamente por la Comisión Europea al correo electrónico del personal
beneficiario. (Cuestionario
que el beneficiario debe cumplimentar al final de su movilidad, evaluando el
desarrollo del programa gestionado por la Comisión Europea). Los mencionados documentos se pueden obtener en el apartado PDI/PAS en la página web http://erasmus.um.es:
Los mencionados documentos se pueden obtener en el punto 14. |
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12. Obligaciones de los beneficiarios y reintegro | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las personas beneficiarias quedan sujetas a las siguientes obligaciones:
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Realizar
la actividad por la que se les concede la financiación y/o plazas de movilidad. - En caso de que no sea posible realizar
la actividad, el personal beneficiario deberá comunicar al Área de Relaciones
Internacionales su renuncia, enviando un email a movilidadpdi@um.es, para adjudicar la ayuda al personal solicitante en lista
de espera. Entregar
en el Área de Relaciones Internacionales antes
del 30 de septiembre de 2023 (fecha límite), el certificado de estancia. -
El
sometimiento a las actuaciones de comprobación efectuadas por la Universidad de
Murcia. -
Cuando
se haya percibido de otras instituciones o convocatorias una ayuda que, por sí
sola o sumada a la concedida, supere el coste de la actividad, procederá el
reintegro total o parcial de la cantidad percibida.
El
modo de percepción de la financiación será especificado en el convenio de
subvención suscrito entre la Universidad de Murcia y cada beneficiario. En caso
de no llevarse a efecto la estancia o de no poderla justificar en su totalidad,
el beneficiario procederá al reintegro de las correspondientes cantidades, en
su caso, con el oportuno interés de demora desde el momento del pago de la
ayuda económica hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del
reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Corresponderá
al Rector, a propuesta del Vicerrector de Internacionalización, previo informe
de la Comisión de Selección, acordar el reintegro del importe percibido. |
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13. Recursos y previsiones derivadas del COVID19 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La realización de la acción de movilidad queda condicionada a las medidas
sanitarias y a las eventuales restricciones de desplazamiento o de estancia
impuestas por España o por el país de destino. En su caso, la persona
beneficiaria deberá asegurarse de que cumple con las medidas que pudieran haber
sido fijadas por las autoridades competentes para posibilitar el desplazamiento
y la estancia.
La Universidad de Murcia no se hace responsable de los gastos adicionales
ocasionados una vez finalizado el periodo elegible de movilidad por razón de
restricciones sobrevenidas para el retorno o de otras circunstancias derivadas
de la crisis sanitaria internacional ocasionada por la pandemia de referencia. En la eventualidad que el periodo de movilidad se cancele o se interrumpa
una vez iniciado en destino, debido a circunstancias sobrevenidas provocadas
por la COVID-19, se podrá aplicar el principio de fuerza mayor para justificar
gastos incurridos de actividades no realizadas. Se comprobará en cada caso si
este reúne las circunstancias que autorizan considerar la presencia de una
causa de fuerza mayor, con arreglo a lo estipulado por la Comisión Europea.
La presente
resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de conformidad con
lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de
la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los
interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector
de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de
Murcia, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día
siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan
intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.
No se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición en su caso interpuesto. |
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14. Documentación Estancias para Impartir docencia | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Para realizar la solicitud: -Centros adscritos: carta aval Antes de comenzar la movilidad: A la vuelta de la estancia: En el siguiente enlace se encuentran folletos, presentaciones y vídeos de la UMU y la Región de Murcia: |
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15. Plazas ofertadas para movilidad de profesores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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En este documento puede comprobar las plazas ofertadas para impartir docencia por área: | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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AYUDAS VISITAS SUPERVISIÓN Y PREPARATORIAS 2022/23 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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OBJETO VISITAS DE SUPERVISIÓN: Ayudas PDI para visitar instituciones socias con las que ya se tiene acuerdo interinstitucional para el control y seguimiento de acciones de movilidad de estudiantes. OBJETO VISITAS PREPARATORIAS: Ayudas PDI para visitar instituciones que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X) para explorar y establecer las bases de futuros acuerdos interinstitucionales. DESTINATARIOS: Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia. PLAZO DE SOLICITUD: FASE 1: hasta 12 de septiembre de 2022. FASE 2: hasta 1 de diciembre de 2022. FASE 3: hasta 16 de febrero de 2023. SOLICITUD ON-LINE: A través de la página web http://paipuc.um.es REQUISITOS: 1. Carta de aval del Centro para Visita de Supervisión/Visita Preparatoria 2. Carta de invitación institución de destino 3. Requisito específico para PDI de centro adscrito: aval del Director General/Técnico. Los documentos de aval pueden encontrarse en los puntos 14 y 15. PERSONA DE CONTACTO: Para consultas contactar por correo electrónico con Laura Cerezo, movilidadpdi@um.es o concertar una cita previa a través de la página Web https://citaprevia.um.es/citaprevia/solicitar/SRIMOVIN, pinchando en el icono de cita previa y solicitando la tarea: Movilidad Erasmus para profesores y personal de administración: (Horario de atención de |
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Convocatoria y concesión supervisión/preparatorias | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto convocatoria. Pinche aquí.
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1. Objeto y modalidades | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Por
medio de esta resolución se convoca un programa de financiación de movilidades a
favor del personal docente e investigador de la Universidad destinado a la
organización de la movilidad 2022/23 en el marco del programa europeo Erasmus+. Esta financiación
para el Apoyo a la Movilidad tiene la finalidad de atender cualquier gasto en
el que puedan incurrir las instituciones en relación con las actividades de
organización y de apoyo a la movilidad de personal docente, en dos modalidades:
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2. Requisitos de los beneficiarios | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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2.1
Requisitos generales
En ambos
casos, se requiere que las personas beneficiarias impartan enseñanza dentro de estudios
(grado, máster o doctorado) que conduzcan a la obtención de título oficial con
validez en todo el territorio nacional y que forme parte de la nómina de la
Universidad de Murcia.
Las
personas beneficiarias obtendrán un seguro de responsabilidad civil y
accidentes para la duración de la estancia proporcionado por el Servicio de
Movilidad Internacional.
2.2. Requisitos
específicos. El
personal docente de centro adscrito que reúna las condiciones señaladas en el
apartado 3.1.3 deberá acompañar a su solicitud, además de la documentación
requerida con carácter general, documento acreditativo de la conformidad de la
entidad titular del respectivo centro con la acción de movilidad propuesta,
debidamente suscrito por persona que disponga de poder bastante para
representar a dicha entidad titular (director gerente del centro o asimilado),
así como documento acreditativo de la conformidad del director académico del
centro. El
personal docente de centro adscrito que solicite y obtenga ayuda al amparo de
esta convocatoria queda sujeto a las mismas condiciones de aprovechamiento y de
justificación establecidas para el personal docente de la Universidad de
Murcia, así como a las mismas consecuencias en los supuestos de falta de
aprovechamiento o de justificación.
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3. Condiciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Sin
perjuicio de otras resultantes de esta resolución, la participación en el
programa y, en su caso, la concesión de esta financiación queda sujeta a las
siguientes condiciones específicas:
6.
Mediante
esta convocatoria se financiará un mínimo de dos días y un máximo de cinco días
(el número mínimo de días de estancia han de ser consecutivos). En el caso de
estancias inferiores a 5 días (entre 2-4 días), se tendrá en cuenta un día de
ida y/u otro de vuelta hasta un máximo de 5 días en total. Para estancias en
países no asociados (Reino Unido, Suiza, Islas Feroe, Andorra, Ciudad del
Vaticano, Mónaco y San Marino), la estancia mínima será de 5 días de duración
(el número mínimo de días de estancia han de ser consecutivos). 7.
Los
desplazamientos deben realizarse entre el día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión definitiva en el TOUM y el 30 de septiembre de 2023, entendiéndose 30 de
septiembre de 2023 como último día de la actividad financiada. 8.
No
se concederá más de una movilidad financiada por persona beneficiaria en el
mismo curso académico, a menos que el número de solicitantes sea inferior al
número de plazas; en este caso, podría concederse a quienes solicitan una
segunda movilidad, siempre que sea a un destino diferente, alguna de las plazas
que han quedado sin conceder. 9.
Existe la posibilidad de hacer correlativamente en
la misma semana dos visitas a dos instituciones diferentes pero cercanas
geográficamente, financiando solamente una ayuda de viaje, y las dietas (máximo
5 días laborables) correspondientes a las dos. 10.
No se concederán 2 visitas en fechas iguales a la
misma institución. 11.
No se concederán 2 visitas en diferentes fechas a la
misma institución. 12.
La
movilidad no podrá comenzar hasta la concesión oficial a favor de cada persona
beneficiaria, es decir, desde el día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión definitiva en el TOUM.
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4. Dotación y módulos de aplicación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La cuantía de
las ayudas económicas vendrá determinada por la financiación aportada por
fondos comunitarios (Comisión Europea, a través del Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación, SEPIE). El número de movilidades
financiadas por parte de la Universidad de Murcia podrá verse incrementado en
tanto que el número de seleccionados supere el número de movilidades y siempre
que el Vicerrectorado de Internacionalización disponga de fondos para designar
a tal efecto. La duración
máxima financiada será de cinco días laborables. No se financiarán días de
viaje en el caso de que la movilidad exceda los cinco días. En el programa a
desarrollar se deberá demostrar que se realizarán actividades relacionadas con
la movilidad y especificar los días completos de docencia realizada. En el
certificado de estancia se harán constar los días efectivos de la actividad. De acuerdo
con las directrices del Programa Erasmus+, los importes serán los determinados
por el SEPIE para la movilidad hacia la institución de destino. Las cuantías se
pueden consultar a continuación:
Importes
por viaje:
*Desplazamiento ecológico: se define como aquel que utiliza medios
de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por
ejemplo el autobús, el tren o el automóvil compartido (el avión no se considera
desplazamiento ecológico). Los
beneficiarios deberán disponer de una prueba documental de que el participante
ha realizado un viaje ¿ecológico¿, (como
la copia del justificante de un viaje en autobús, por ejemplo). Ver
herramienta de cálculo de distancias en: http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm Importes
por manutención:
Ejemplo:
En el
supuesto de que resultara haber remanentes en una de las modalidades, este se
podrá aplicar a las solicitudes correspondientes a otras modalidades que reúnan
los requisitos y que no hayan obtenido financiación. Puede
haber participantes que no reciban ninguna financiación (¿beca cero¿) y que
puedan realizar la movilidad con iguales garantías de reconocimiento, en su
caso. A la
primera fase del procedimiento de
selección se destinará el ochenta por ciento (80%) de la financiación. A la
segunda fase del procedimiento de
selección se destinará el veinte por ciento (20%) restante de la
financiación.
Los
fondos asignados a la primera fase del procedimiento de selección y que, con
ocasión de ella, no sean objeto de propuesta de adjudicación podrán acumularse
a los fondos asignados a la segunda fase del procedimiento de selección. |
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5. Presentación de solicitudes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las
solicitudes se presentarán a través de la página web http://paipuc.um.es, o a
través del Registro Electrónico, con el auxilio, de ser ello requerido, de la
Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) radicada en el Campus de
Espinardo, adjuntando, además, la siguiente documentación obligatoria: Modalidad Visita de Supervisión: - Aval de la actividad por parte del
centro (Vicedecano/a de Relaciones Internacionales), con arreglo al modelo que
se acompaña como Anexo I. -
En
el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de
aval del director/a general técnico del centro (Anexo III). - Carta de invitación de la institución de
destino. Modalidad Visita Preparatoria: - Aval de la actividad por parte del
centro (Vicedecano/a de Relaciones Internacionales), con arreglo al modelo que
se acompaña como Anexo II. -
En
el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de
aval del director/a general técnico del centro (Anexo IV). - Carta de invitación de la institución de
destino. El plazo
de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación
de esta resolución en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) y finalizará
el 16 de febrero de 2023. (inclusive). Durante este periodo se realizarán tres
fases de selección, tal y como a continuación se detalla:
PRIMERA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el día siguiente al de la publicación hasta el 12
de septiembre de 2022, inclusive, serán consideradas en la primera fase del
procedimiento de selección de la convocatoria.
SEGUNDA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el 13 de septiembre de 2022 hasta el 1 de
diciembre de 2022, ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del
procedimiento de selección.
TERCERA
FASE Las
solicitudes presentadas desde el 2 de diciembre de 2022 hasta el 16 de febrero
de 2023, ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del
procedimiento de selección.
Al término de
cada fase se producirá una propuesta de resolución provisional, con su
correspondiente resolución definitiva.
La
movilidad no podrá comenzar hasta la concesión oficial a favor de cada persona
beneficiaria, es decir, desde el día siguiente a la publicación de la
resolución de concesión definitiva en el TOUM.
Protección de
datos
De acuerdo
con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y
por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de
abril de 2016,se pedirá que el participante acepte, en el momento de realizar
la solicitud, que sus datos sean tratados para los fines específicos del
programa, dando su consentimiento al siguiente texto:
"Los datos requeridos durante el proceso
de solicitud de plaza de movilidad internacional y ayuda económica han de
proporcionarse preceptivamente para llevar a cabo la selección de los
participantes. Los datos serán tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales. Los datos se incorporarán a la base de datos de la
Universidad de Murcia (BORM, núm. 195, de 23 de agosto de 2002). Los derechos
de acceso, cancelación, oposición y rectificación podrán ser ejercidos ante la
Secretaría General de la Universidad de Murcia, radicada en la avenida Teniente
Flomesta nº 5, 30003, de la ciudad de Murcia (España).
Los datos personales serán tratados
exclusivamente en relación con la ejecución y evaluación del Programa Erasmus+,
sin perjuicio de la posibilidad de transferir dichos datos a los organismos
encargados de la inspección y auditoría de acuerdo con la legislación europea."
También se
informará al solicitante de que a partir de ese momento se utilizará su
dirección de correo electrónico corporativo de la Universidad de Murcia para
todas las comunicaciones relacionadas con el proceso de solicitud, adjudicación
de plazas de movilidad internacional y gestión de la ayuda económica.
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6. Comisión de selección | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Se constituirá
una Comisión de Selección que llevará a cabo la valoración, selección y
propuesta de concesión de financiación de las movilidades solicitadas de entre las
solicitudes presentadas. Esta
Comisión estará integrada por: Presidente:
Vicerrector de Internacionalización Vocales: El
Coordinador de Programas de Movilidad. El Jefe
de Área de Relaciones Internacionales. La Jefa
de Servicio de Movilidad Internacional. Un
Coordinador/a Internacional representante de los centros.
Secretaria:
una Técnico del Programa Erasmus+. |
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7. Criterios de selección | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Se
aplicarán los siguientes criterios para priorizar las solicitudes formuladas en
el caso de que la cuantía económica resultante de las que cumplan los requisitos
exceda del importe previsto en cada fase de selección:
Modalidad
Visita de Supervisión: a. Visitas a instituciones o áreas de
conocimiento de nueva implicación y cuyo inicio de movilidad se haya producido
para el presente curso 2022/23: 2 puntos. b. Visitas a instituciones que no se hayan
visitado el curso académico 2021/22 por el mismo tutor o tutora: 1 punto. c. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en
los cursos académicos 2020/21 o 2021/22: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada
curso académico).
Modalidad
Visita Preparatoria:
a. Acuerdos interinstitucionales
formalizados con nuevas áreas en el curso 2021/22 tras la realización de una
visita preparatoria (casos de éxito): 2 puntos. b. Tener las personas solicitantes la
condición de coordinador/a internacional o tutor/a responsable del programa
Erasmus+: 2 puntos. c. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en
los cursos académicos 2020/21 o 2021/22: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada curso
académico).
La
Comisión de Selección está facultada, en lo no previsto en esta convocatoria,
para resolver las dudas que se presenten y para proponer los acuerdos
necesarios, en orden al buen fin de la misma. |
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8. Procedimiento de concesión | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La
convocatoria se resolverá mediante tres fases de selección diferenciadas:
Primera
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas hasta el 12 de septiembre de 2022 (inclusive).
Tras la
primera fase del procedimiento de concesión los solicitantes que no hayan sido
propuestos para la obtención de financiación pasarán automáticamente a la
segunda fase.
Segunda
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas desde el 13 de septiembre de 2022 al 1 de diciembre
de 2022 (inclusive).
Tras la segunda fase del procedimiento de concesión los solicitantes que
no hayan sido propuestos para la obtención de financiación pasarán
automáticamente a la tercera fase.
Tercera
fase del procedimiento de selección Se evaluarán
las solicitudes presentadas hasta el 2 de diciembre de 2022 al 16 de febrero de
2023 (inclusive).
Tras la
tercera fase se constituirá una lista de espera de solicitantes, en función del
baremo aplicado, que podrán optar a financiación si se producen bajas de
adjudicatarios, ya que el número de movilidades financiadas por parte de la
Universidad de Murcia podrá verse incrementado en tanto que el número de
seleccionados supere el número de movilidades financiadas y siempre que el
Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización disponga de fondos para
designar a tal efecto.
La
Comisión, una vez valoradas las solicitudes, elaborará en cada fase del
procedimiento una propuesta de resolución de carácter provisional. |
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9. Resolución | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las propuestas de resolución de la Comisión de Selección serán publicadas en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), así como en la página web del programa. Durante el plazo de diez días hábiles tras la publicación de cada una, las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes, las cuales, en unión de las propuestas de resolución y del resto del expediente, serán elevadas al Rector para la resolución definitiva de adjudicación. La publicación de la resolución definitiva habrá de producirse antes del 30 de junio de 2023. El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. |
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10. Posibilidad de revisión | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La adjudicación y disfrute de estas
plazas podrá ser revisada por el Rector de la Universidad de Murcia mediante
expediente contradictorio, a propuesta del Vicerrector de Internacionalización,
previo informe de la Comisión de Selección, cuya resolución podrá dar lugar a
la pérdida de la financiación, con reintegro de la parte proporcional de las
cantidades entregadas al adjudicatario en los supuestos en los que se hubiere
incurrido en ocultación, falseamiento de datos o incumplimiento de las
actividades u obligaciones de las personas seleccionadas previstas en la
convocatoria. |
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11. Forma de pago y documentación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El trámite de pago
por adelantado de la financiación sólo podrá realizarse una vez publicada la
resolución definitiva de adjudicación.
A la vuelta de
la movilidad, la persona beneficiaria deberá entregar en el Servicio de
Movilidad Internacional:
Visitas de Supervisión: -
Certificado de Estancia. Sólo
se subvencionarán los días indicados en este documento, con un mínimo de 2 días
y un máximo de cinco días. (5 días consecutivos mínimo para países no
asociados) (Documento que la institución de acogida debe dar al
beneficiario, con las fechas de inicio y fin de la movilidad). -
Informe
final de la actividad. Visitas Preparatorias: -
Certificado de Estancia. Sólo
se subvencionarán los días indicados en este documento, con un mínimo de 2 días
y un máximo de cinco días. (5 días consecutivos mínimo para países no
asociados) (Documento
que la institución de acogida debe dar al beneficiario, con las fechas de
inicio y fin de la movilidad). -
Informe
final de la actividad.
Dicha
documentación se puede obtener en el apartado PDI/PAS en la página web http://erasmus.um.es. |