MODIFICACION CONVOCATORIAS : PLAZO/FASE EXTRA | ||||||||||||||||||||||||||||
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Estimados/as compañeros/as: Según resoluciones del Rector RR-69/2021(pinche aquí) y RR-70/2021 (pinche aquí), ambas del 19 de enero de 2021, os informamos de que para las movilidades docentes Erasmus+ para el curso 2020/21 en sus distintas modalidades:- Estancias para impartir docencia en instituciones de educación superior europeas* - Visitas de Supervisión a universidades europeas con las que ya exista convenio Erasmus+ - Visitas Preparatorias a universidades europeas con las que se quieran iniciar nuevas colaboraciones se ha creado una fase extraordinaria (fase 3) para solicitar, la cual estará abierta desde el 29 de enero hasta el 20 de abril de 2021. Además, debido a la presente situación creada por la pandemia generada por la COVID-19, se amplía el plazo de realización de estancias, las cuales podrán realizarse en el marco de la presente convocatoria 2020/21 hasta el 30 de septiembre de 2021. Lo anterior implica que las nuevas convocatorias, desde la siguiente (relativa al curso 2021/22) tendrán un plazo de realización de estancia desde el 1 de octubre hasta el 30 de septiembre, cubriendo de esta manera el curso académico completo. |
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LISTADO UNIVERSIDADES CON CONVENIO ERASMUS 2020-21 | ||||||||||||||||||||||||||||
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Aquí puede consultar el listado de universidades socias de la Universidad de Murcia en el marco del Programa Erasmus+ . |
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AYUDAS PARA IMPARTIR DOCENCIA 2020-21 | ||||||||||||||||||||||||||||
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OBJETO: Ayudas PDI para impartir docencia en instituciones de enseñanza superior europeas. Mediante esta convocatoria se financiarán un mínimo de 2 días y un máximo 5 días laborables. DESTINATARIOS: Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia. PLAZO DE SOLICITUD: FASE 1: hasta 23 de noviembre de 2020 FASE 2: Hasta 28 de enero de 2021 FASE 3 EXTRAORDINARIA: hasta 20 de abril de 2021. SOLICITUD ON-LINE: A través de la página web http://paipuc.um.es REQUISITOS GENERALES: 1. Carta de aval del Centro. 2. Carta de invitación de la institución de destino. 3. Requisito específico para PDI de centro adscrito: aval del Director General/Técnico. Los documentos de aval pueden encontrarse en el punto 14. PERSONA DE CONTACTO: Para consultas contactar por correo electrónico con Laura Cerezo movilidadpdi@um.es o concertar una cita previa a través de la página Web http://www.um.es/internacionales, pinchando en el icono de cita previa y solicitando la tarea: Movilidad Erasmus para profesores y personal de administración. (Horario de atención virtual de
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Convocatoria-listados concesión impartir docencia | ||||||||||||||||||||||||||||
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Texto convocatoria. Pinche aquí. FASE 1: Listado provisional admitidos/excluídos Listado definitivo admitidos/excluídos FASE 2: Listado provisional Listado definitivo admitidos/excluídos |
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1. Objeto | ||||||||||||||||||||||||||||
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Por medio de esta
resolución se convocan plazas de movilidad y financiación de movilidades a
favor del personal docente e investigador de la Universidad de Murcia para
impartir docencia en instituciones de enseñanza superior en el marco del
programa europeo Erasmus+ en el curso 2020/21. Esta acción
permite que personal docente de instituciones de educación superior se traslade
a una institución que posea la Carta Universitaria Erasmus para impartir un
período de docencia con los
siguientes objetivos: ¿ animar a las instituciones de enseñanza
superior a que amplíen y enriquezcan la variedad y contenido de su oferta
lectiva; ¿ permitir al estudiantado que no tiene la
posibilidad de participar en un programa de movilidad beneficiarse de los
conocimientos y experiencia del personal académico de un centro de enseñanza
superior de otro país europeo y del personal invitado de empresas de otros
países europeos;
¿ fomentar el intercambio de conocimientos y
experiencias sobre métodos pedagógicos. |
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2. Personas beneficiarias de financiación | ||||||||||||||||||||||||||||
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De acuerdo
con las condiciones referidas por el Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE), podrán ser personas beneficiarias
de esta financiación quienes reúnan la condición de personal docente e
investigador de la Universidad de Murcia que, en el momento de realizar la
movilidad, impartan enseñanza
dentro de estudios (grado, máster o doctorado) que conduzcan a la
obtención de título oficial con validez en todo el territorio nacional, que
formen parte de la nómina de la Universidad de Murcia y que cumplan las
condiciones específicas señaladas en la base tercera.
Las personas beneficiarias obtendrán un seguro de responsabilidad civil y
accidentes para la duración de la estancia proporcionado por el Servicio de
Movilidad Internacional.
Para cualquier caso, la contratación del seguro deberá ser tramitado por
Relaciones Internacionales. En el caso de que la movilidad tenga lugar con
anterioridad a la publicación de la resolución por la que se conceden las
ayudas, la persona beneficiaria deberá contactar con el Servicio de Movilidad
Internacional, a través del correo electrónico administracion.pdipas@um.es
, para contratar el seguro. Si posteriormente no fuera seleccionada, habrá de
restituir el importe del seguro. |
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3. Condiciones | ||||||||||||||||||||||||||||
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3.1
Condiciones generales
Sin
perjuicio de otras resultantes de esta resolución, la participación en el
programa y, en su caso, la concesión de ésta financiación queda sujeta a las
siguientes condiciones específicas:
13. Las personas
beneficiarias que presenten algún tipo
de discapacidad grave podrán solicitar financiación especial que complemente la
cuantía ordinaria. A tal efecto, se requerirá el correspondiente certificado
médico acreditativo de la discapacidad. El Servicio de Movilidad Internacional
informará, en el tiempo y forma oportunos, del procedimiento de solicitud de
esta financiación complementaria. 14. Se requiere la
existencia de un acuerdo bilateral previo para impartir docencia entre la
Universidad de Murcia y la institución de destino para poder realizar la
movilidad. En el caso de que no exista, el interesado solicitará a la
institución de destino un borrador de dicho acuerdo, junto con la carta de
invitación, para la posterior formalización en el Servicio de Movilidad
Internacional. 3.2.
Requisitos específicos. El
personal docente de centro adscrito que reúna las condiciones señaladas en el
apartado 3.1.3 deberá acompañar a su solicitud, además de la documentación
requerida con carácter general, documento acreditativo de la conformidad de la
entidad titular del respectivo centro con la acción de movilidad propuesta,
debidamente suscrito por persona que disponga de poder bastante para
representar a dicha entidad titular (director gerente del centro o asimilado),
así como documento acreditativo de la conformidad del director académico del
centro.
El
personal docente de centro adscrito que solicite y obtenga ayuda al amparo de
esta convocatoria queda sujeto a las mismas condiciones de aprovechamiento y de
justificación establecidas para el personal docente de la Universidad de
Murcia, así como a las mismas consecuencias en los supuestos de falta de
aprovechamiento o de justificación. |
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4. Adjudicación de financiación e importes | ||||||||||||||||||||||||||||
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El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), a través del Contrato de Subvención para Movilidad Erasmus, destinará al personal -para docencia- sesenta y un mil seiscientos euros (61.600 €), que se aplicarán a la partida presupuestaria 2021 08 006B 321B 48699 34588. La Universidad de Murcia complementará esta financiación de sesenta y un mil seiscientos euros (61.600 €) aportada por el SEPIE con veintiséis mil cuatrocientos euros (26.400 €) procedentes del plan propio de internacionalización de la Universidad de Murcia, destinados a cubrir gastos de alojamiento y manutención para cada beneficiario. El número de movilidades financiadas por parte de la Universidad de Murcia podrá verse incrementado en tanto que el número de seleccionados supere el presupuesto inicial y siempre que el Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización disponga de fondos para designar a tal efecto. Los solicitantes podrán optar a financiación paralela hasta un máximo de doscientos euros (200 €) en la convocatoria de Financiación de movilidades del Personal Docente e Investigador para el apoyo a la movilidad en el marco del Programa Erasmus+, ya sea para Visitas de Supervisión o para Visitas Preparatorias, siempre que la proximidad geográfica de las instituciones así lo permita. El otorgamiento de financiación para la organización de la movilidad se condiciona a la obtención de la destinada a impartición de docencia. La duración máxima financiada será de cinco días laborables. No se financiarán días de viaje en el caso de que la movilidad exceda los cinco días. En el programa a desarrollar se deberá demostrar que se realizarán actividades relacionadas con la movilidad y especificar los días completos de docencia realizada. En el certificado de estancia se harán constar los días efectivos de la actividad. De acuerdo
con las directrices del Programa Erasmus+, los importes serán los determinados
por el SEPIE para la movilidad hacia la institución de destino. Las cuantías se
pueden consultar a continuación:
Importes por viaje:
Ver
herramienta de cálculo de distancias en: http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm
Importes por manutención:
Ejemplo:
Puede
producirse el caso de que haya solicitantes seleccionados para realizar la
acción de movilidad que no reciban ninguna financiación (¿beca cero¿), si bien
podrán realizar tal movilidad con iguales garantías de reconocimiento.
Se
establecerán dos fases en el procedimiento de selección, correspondientes a las
fechas indicadas en la base quinta. En la primera fase del procedimiento de
selección se formulará propuesta de selección equivalente al ochenta por
ciento (80%) de la financiación total de la convocatoria. En la
segunda fase del procedimiento de selección se formulará propuesta de
selección equivalente al veinte por ciento (20%) de la financiación total de la
convocatoria. Los fondos asignados al primer procedimiento y no comprometidos
tras su resolución podrán acumularse a los fondos asignados al segundo
procedimiento de la convocatoria.
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5. Presentación de solicitudes | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las
solicitudes se presentarán a través de la página web http://paipuc.um.es, adjuntando, además, la siguiente
documentación:
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Aval
de la actividad por parte del Centro (Vicedecano/a de Relaciones
Internacionales), con arreglo al modelo que se acompaña como Anexo I. -
Carta
de invitación de la institución de destino. - En el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de aval del director/a general técnico del centro (Anexo II). El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) y finalizará el 28 de enero de 2021. Durante este periodo se realizarán dos fases de selección, tal y como a continuación se detalla: PRIMERA
FASE Las solicitudes presentadas desde el día siguiente al de la publicación hasta el 23 de noviembre de 2020, inclusive, serán consideradas en la primera fase del procedimiento de selección de la convocatoria. SEGUNDA
FASE Las solicitudes
presentadas desde el 24 de noviembre de 2020 hasta el 28 de enero de 2021,
ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del procedimiento de
selección.
Al término de cada fase se producirá una propuesta de resolución provisional, con su correspondiente resolución definitiva. Protección de datos De acuerdo con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales se pedirá que el beneficiario acepte, en el momento de realizar la solicitud, que sus datos sean tratados para los fines específicos del programa, dando su consentimiento al siguiente texto: "Los datos requeridos durante el proceso de solicitud de plaza de movilidad internacional y ayuda económica han de proporcionarse preceptivamente para llevar a cabo la selección de los participantes. Los datos serán tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. Los datos se incorporarán a la base de datos de la Universidad de Murcia (BORM, núm. 195, de 23 de agosto de 2002). Los derechos de acceso, cancelación, oposición y rectificación podrán ser ejercidos ante la Secretaría General de la Universidad de Murcia, radicada en la avenida Teniente Flomesta nº 5, 30003, de la ciudad de Murcia (España). Los datos personales serán tratados exclusivamente en relación con la ejecución y evaluación del Programa Erasmus+, sin perjuicio de la posibilidad de transferir dichos datos a los organismos encargados de la inspección y auditoría de acuerdo con la legislación europea."
También se
informará al solicitante de que a partir de ese momento se utilizará su
dirección de correo electrónico corporativo de la Universidad de Murcia para
todas las comunicaciones relacionadas con el proceso de solicitud, adjudicación
de plazas de movilidad internacional y gestión de la ayuda económica. |
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6. Criterios de selección | ||||||||||||||||||||||||||||
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Debido a la COVID-19, y visto que en la convocatoria 2019/20 ha habido muchos participantes que se han visto obligados a renunciar a su movilidad como consecuencia de este tema, excepcionalmente en la convocatoria 2020/21 se tendrá en cuenta como criterio principal para seleccionar a los participantes la renuncia por COVID-19, por lo que tendrán prioridad a la hora de la selección. En el caso
de que el número y las condiciones de las solicitudes presentadas impliquen
exceder el importe financiero previsto para cada fase de selección, se atenderá
a los siguientes criterios y con en el siguiente orden para clasificar las
solicitudes por orden de prioridad en lo atinente a la concesión de financiación:
a.
Tener
el solicitante la condición de coordinador internacional o tutor del programa
Erasmus+: 2 puntos. b. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en
los cursos académicos 2018/19 o 2019/20: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada
curso académico). c.
Impartir
docencia en itinerarios bilingües tales como los grados en ADE y Educación
Primaria, así como los másteres en Biología y Tecnología de la Reproducción de
los Mamíferos y Nuevas Tecnologías en Informática; y cualquier otro programa
bilingüe que se imparta en la Universidad de Murcia, siempre y cuando no se
correspondan con materias lingüísticas: 1 punto. d.
Haber
recibido contraparte de la universidad de destino en la que se va a impartir
docencia en el curso 2019/20 (siempre que conste en el registro del
International Welcome Point del Servicio de Movilidad Internacional): 1 punto.
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7. Comisión de selección | ||||||||||||||||||||||||||||
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Se
constituirá una Comisión de Selección que llevará a cabo la valoración,
selección y propuesta de concesión de financiación de las movilidades
solicitadas de entre las solicitudes presentadas. Esta
Comisión estará integrada por: Presidenta:
Vicerrectora de Investigación e Internacionalización. Vocales: El
Jefe de Área de Relaciones Internacionales. La
Jefa de Servicio de Movilidad Internacional. Mínimo
un Coordinador/a Internacional. Secretaria: Una Técnico del Programa Erasmus+.
La Comisión
de Selección está facultada, en lo no previsto en esta convocatoria, para
resolver las dudas que se presenten o proponer los acuerdos necesarios, en
orden al buen fin de la misma. |
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8. Procedimiento de concesión | ||||||||||||||||||||||||||||
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La convocatoria se resolverá mediante dos fases de selección diferenciadas: Primera
fase del procedimiento de selección Se evaluarán las solicitudes presentadas hasta el 23 de noviembre de 2020 (inclusive). Tras la primera fase del procedimiento de concesión los solicitantes que no hayan sido propuestos para la obtención de financiación pasarán automáticamente a la segunda fase. Segunda
fase del procedimiento de selección Se evaluarán las solicitudes presentadas desde el 24 de noviembre de 2020 al 28 de enero de 2021 (inclusive). Tras la
segunda fase se constituirá una lista de espera de solicitantes, en función del
baremo aplicado, que podrán optar a financiación si se producen bajas de
adjudicatario, ya que el número de movilidades financiadas por parte de la
Universidad de Murcia podrá verse incrementado en tanto que el número de
seleccionados supere el número de movilidades financiadas y siempre que el
Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización disponga de fondos para
designar a tal efecto. Así mismo, los adjudicatarios suplentes podrían recibir financiación en el caso de que no se aplicaran todos los fondos de la convocatoria de Plazas de Movilidad y Financiación de movilidades para el personal no docente para realizar actividades de formación en instituciones de enseñanza superior europeas en el marco del programa europeo Erasmus+ 2020/21, ya que así lo permite el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) en su normativa de justificación de fondos. La
Comisión, una vez valoradas las solicitudes, elaborará en cada fase del
procedimiento una propuesta de resolución de carácter provisional.
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9. Resolución | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las
propuestas de resolución de la Comisión de Selección serán publicadas en el
Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), así como en la página web del
programa. Dentro de los diez días hábiles siguientes al día de publicación de
cada propuesta de resolución de la Comisión de Selección, los interesados
podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes, las cuales, en unión
de las propuestas de resolución y del resto del expediente, serán elevadas al
Rector para la resolución definitiva de adjudicación. El vencimiento del plazo
máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para
entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. |
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10. Posibilidad de revisión | ||||||||||||||||||||||||||||
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La
adjudicación y disfrute de estas plazas podrá ser revisada por el Rector de la
Universidad de Murcia, mediante expediente contradictorio, a propuesta de la
Vicerrectora de Investigación e Internacionalización y previo informe de la
Comisión de Selección. La resolución del Rector podrá declarar la pérdida de la
ayuda, con reintegro de la parte proporcional de las cantidades entregadas al
adjudicatario en los supuestos en los que se hubiere incurrido en ocultación,
falseamiento de datos o incumplimiento de las actividades u obligaciones de los
seleccionados previstas en la convocatoria. |
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11. Forma de pago y documentación | ||||||||||||||||||||||||||||
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El
trámite de esta financiación, sólo podrá realizarse una vez publicada la resolución
definitiva de adjudicación siempre y cuando el interesado haya resultado beneficiario.
Para iniciar este trámite, será imprescindible que el personal beneficiario
haga llegar al Servicio
de Movilidad Internacional la siguiente documentación: -
Contrato
de subvención de movilidad para docencia original,
en el que acepta las condiciones de la ayuda, con firma original por parte del personal
beneficiario. (Documento
de tipo administrativo-financiero, que se firma entre el adjudicatario, como
beneficiario de la beca Erasmus+, y -
-
Acuerdo
de Movilidad firmado y sellado por ambas instituciones. (Documento
de tipo académico-profesional donde se detallan las condiciones de la
movilidad). A la vuelta
de la movilidad, la persona beneficiaria deberá entregar en el Servicio de
Movilidad Internacional: -
Certificado de Estancia. Sólo se subvencionarán los días
indicados en este documento, con un mínimo de dos días y un máximo de cinco
días. (Documento que la institución de acogida
debe dar al beneficiario, con las fechas de inicio y fin de la movilidad). - El informe final de la
estancia será enviado
directamente por la Comisión Europea al correo electrónico del personal
beneficiario. (Cuestionario
que el beneficiario debe cumplimentar al final de su movilidad, evaluando el
desarrollo del programa gestionado por la Comisión Europea).
Los mencionados documentos se pueden obtener en el punto 14. |
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12. Obligaciones de los beneficiarios y reintegro | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las personas beneficiarias quedan sujetas a las siguientes obligaciones: -
Realizar
la actividad por la que se les concede la financiación y/o plazas de movilidad. - En caso de que no sea posible realizar
la actividad, el personal beneficiario deberá comunicar al Servicio de
Movilidad Internacional su renuncia, enviando un email a movilidadpdi@um.es, para adjudicar la ayuda al personal solicitante en
lista de espera. Entregar
en el Servicio de Movilidad Internacional antes
del 30 de junio de 2021 (fecha límite), el certificado de estancia. -
El
sometimiento a las actuaciones de comprobación efectuadas por la Universidad de
Murcia. - Cuando se haya percibido de otras instituciones o convocatorias una ayuda que, por sí sola o sumada a la concedida, supere el coste de la actividad, procederá el reintegro total o parcial de la cantidad percibida. El modo de percepción de la financiación será especificado en el convenio de subvención suscrito entre la Universidad de Murcia y cada beneficiario. En caso de no llevarse a efecto la estancia o de no poderla justificar en su totalidad, el beneficiario procederá al reintegro de las correspondientes cantidades, en su caso, con el oportuno interés de demora desde el momento del pago de la ayuda económica hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Corresponderá
al Rector, a propuesta de la Vicerrectora de Investigación e
Internacionalización, previo informe de la Comisión de Selección, acordar el
reintegro del importe percibido. |
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13. Recursos y previsiones derivadas del COVID19 | ||||||||||||||||||||||||||||
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La realización de la acción de movilidad queda condicionada a las medidas sanitarias y a las eventuales restricciones de desplazamiento o de estancia impuestas por España o por el país de destino. En su caso, la persona beneficiaria deberá asegurarse de que cumple con las medidas que pudieran haber sido fijadas por las autoridades competentes para posibilitar el desplazamiento y la estancia. La Universidad de Murcia no se hace responsable de los gastos adicionales
ocasionados una vez finalizado el periodo elegible de movilidad por razón de
restricciones sobrevenidas para el retorno o de otras circunstancias derivadas
de la crisis sanitaria internacional ocasionada por la pandemia de referencia. En la eventualidad que el periodo de movilidad se cancele o se interrumpa una vez iniciado en destino, debido a circunstancias sobrevenidas provocadas por la COVID-19, se podrá aplicar el principio de fuerza mayor para justificar gastos incurridos de actividades no realizadas. Se comprobará en cada caso si este reúne las circunstancias que autorizan considerar la presencia de una causa de fuerza mayor, con arreglo a lo estipulado por la Comisión Europea. Las personas beneficiarias en la anterior edición 2019/2020 que por causa de la pandemia no pudieron realizar su estancia tendrán preferencia a los efectos de esta convocatoria, siempre que sigan reuniendo los requisitos de participación previstos en la base 6ª, en cuanto fueran aplicables, en el supuesto de que la estancia frustrada no pudiera verificarse en esta edición al margen de esta convocatoria. Es decir, sin que ello suponga afectar una o más de las plazas objeto de la presente resolución. La presente
resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de conformidad con
lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de
la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los
interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector
de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de
Murcia, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día
siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan
intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga. No se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición en su caso interpuesto.
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14. Documentación Estancias para Impartir docencia | ||||||||||||||||||||||||||||
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Para realizar la solicitud: -Centros adscritos: carta aval Antes de comenzar la movilidad: A la vuelta de la estancia: En el siguiente enlace se encuentran folletos, presentaciones y vídeos de la UMU y la Región de Murcia: |
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15. Convenios Erasmus para movilidad de profesores | ||||||||||||||||||||||||||||
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En este documento puede comprobar las plazas ofertadas para impartir docencia por titulación: | ||||||||||||||||||||||||||||
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AYUDAS VISITAS DE SUPERVISIÓN Y PREPARATORIAS | ||||||||||||||||||||||||||||
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OBJETO VISITAS DE SUPERVISIÓN: Ayudas PDI para visitar instituciones socias con las que ya se tiene acuerdo interinstitucional para el control y seguimiento de acciones de movilidad de estudiantes. OBJETO VISITAS PREPARATORIAS: Ayudas PDI para visitar instituciones que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X) para explorar y establecer las bases de futuros acuerdos interinstitucionales. DESTINATARIOS: Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia. PLAZO DE SOLICITUD: FASE 1: hasta 23 de noviembre de 2020 FASE 2: hasta 28 de enero de 2021
SOLICITUD ON-LINE: A través de la página web http://paipuc.um.es REQUISITOS: 1. Carta de aval del Centro para Visita de Supervisión/Visita Preparatoria 2. Carta de invitación institución de destino 3. Requisito específico para PDI de centro adscrito: aval del Director General/Técnico. Los documentos de aval pueden encontrarse en los puntos 14 y 15. PERSONA DE CONTACTO: Para consultas contactar por correo electrónico con Laura Cerezo, movilidadpdi@um.es o concertar una cita previa a través de la página Web http://www.um.es/internacionales, pinchando en el icono de cita previa y solicitando la tarea: Movilidad Erasmus para profesores y personal de administración: (Horario de atención virtual de |
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Convocatoria y concesión supervisión/preparatorias | ||||||||||||||||||||||||||||
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Texto convocatoria. Pinche aquí.
Listado definitivo admitidos/excluídos
Listado provisional |
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1. Objeto y modalidades | ||||||||||||||||||||||||||||
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Por medio de esta resolución se convoca un programa de financiación de movilidades a favor del personal docente
e investigador de la Universidad destinado a la organización de la movilidad 2020/21
en el marco del programa europeo Erasmus+. Esta financiación
para el Apoyo a la Movilidad tiene la
finalidad de atender cualquier gasto en el que puedan incurrir las
instituciones en relación con las actividades de organización y de apoyo a la
movilidad de personal docente, en dos modalidades:
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2. Requisitos de los beneficiarios | ||||||||||||||||||||||||||||
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2.1
Requisitos generales
En ambos casos, se requiere que las personas beneficiarias impartan
enseñanza dentro de estudios (grado, máster o doctorado) que conduzcan a la
obtención de título oficial con validez en todo el territorio nacional y que forme parte de la nómina de la
Universidad de Murcia.
Las
personas beneficiarias obtendrán un seguro de responsabilidad civil y
accidentes para la duración de la estancia proporcionado por el Servicio de Movilidad
Internacional. Para cualquier caso, la contratación del seguro deberá ser tramitado por
Relaciones Internacionales. En el caso de que la movilidad tenga lugar con
anterioridad a la publicación de la resolución por la que se conceden las
ayudas, la persona beneficiaria deberá contactar con el Servicio de Movilidad
Internacional, a través del correo electrónico administracion.pdipas@um.es , para contratar el seguro. Si posteriormente no
fuera seleccionada, habrá de restituir el importe del seguro.
2.2.
Requisitos específicos. El
personal docente de centro adscrito que reúna las condiciones señaladas en el
apartado 3.1.3 deberá acompañar a su solicitud, además de la documentación
requerida con carácter general, documento acreditativo de la conformidad de la
entidad titular del respectivo centro con la acción de movilidad propuesta,
debidamente suscrito por persona que disponga de poder bastante para
representar a dicha entidad titular (director gerente del centro o asimilado),
así como documento acreditativo de la conformidad del director académico del
centro.
El
personal docente de centro adscrito que solicite y obtenga ayuda al amparo de
esta convocatoria queda sujeto a las mismas condiciones de aprovechamiento y de
justificación establecidas para el personal docente de la Universidad de
Murcia, así como a las mismas consecuencias en los supuestos de falta de
aprovechamiento o de justificación. |
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3. Condiciones | ||||||||||||||||||||||||||||
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Sin perjuicio de otras resultantes de esta resolución, la
participación en el programa y, en su caso, la concesión de esta financiación queda sujeta a las siguientes
condiciones específicas:
9. |
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4. Dotación y módulos de aplicación | ||||||||||||||||||||||||||||
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La dotación
de esta convocatoria asciende a treinta y cuatro mil euros (34.000 €),
aplicados a la partida presupuestaria 2021 08 006B 321B 48699 34588 y con el
siguiente desglose: -
Veinte
mil euros (20.000 €) irán destinados a Visitas de Supervisión. -
Doce mil
euros (12.000 €) estarán dedicados a financiar las Visitas Preparatorias. -
Dos
mil euros (2.000.-€) serán destinados a financiaciones de un máximo de
doscientos euros (200.-€) para que
quienes sean, así mismo, solicitantes de la convocatoria de Financiación de movilidades del Personal
Docente e Investigador para impartir docencia en el marco del Programa Europeo
Erasmus+ puedan realizar -con
ocasión del mismo desplazamiento- una Visita de Supervisión o una Visita
Preparatoria a una institución que por su proximidad geográfica así lo permita. El número
de movilidades financiadas por parte de la Universidad de Murcia podrá verse
incrementado en tanto que el número de seleccionados supere el número de movilidades
y siempre que el Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización
disponga de fondos para designar a tal efecto. La duración máxima financiada será de cinco días laborables. No se financiarán días de viaje en el caso de que la movilidad exceda los cinco días. En el programa a desarrollar se deberá demostrar que se realizarán actividades relacionadas con la movilidad y especificar los días completos de docencia realizada. En el certificado de estancia se harán constar los días efectivos de la actividad. De acuerdo
con las directrices del Programa Erasmus+, los importes serán los determinados
por el SEPIE para la movilidad hacia la institución de destino. Las cuantías se
pueden consultar a continuación:
Importes por viaje:
Ver
herramienta de cálculo de distancias en: http://ec.europa.eu/programmes/erasmusplus/tools/distance_en.htm Importes
por manutención:
Ejemplo:
En el supuesto de que resultara haber
remanentes en una de las modalidades, este se podrá aplicar a las solicitudes
correspondientes a otras modalidades que reúnan los requisitos y que no hayan
obtenido financiación. Puede haber participantes que no reciban
ninguna financiación (¿beca cero¿) y que puedan realizar la movilidad con
iguales garantías de reconocimiento, en su caso. A la primera fase del procedimiento de selección se destinará el ochenta por ciento
(80%) de la financiación. A la segunda fase del procedimiento de selección se destinará el veinte por ciento (20%)
restante de la financiación. Los fondos asignados a la primera fase del procedimiento de selección y que, con ocasión de ella, no sean objeto de propuesta de adjudicación podrán acumularse a los fondos asignados a la segunda fase del procedimiento de selección |
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5. Presentación de solicitudes | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las solicitudes se presentarán a través de la
página web: http://paipuc.um.es, adjuntando además, la siguiente documentación
obligatoria: Modalidad
Visita de Supervisión: -
Aval de la actividad por parte del centro (Vicedecano/a
de Relaciones Internacionales), con arreglo al modelo que se acompaña como
Anexo I. -
En
el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de
aval del director/a general técnico del centro (Anexo III). - Carta de invitación de la institución
de destino. Modalidad Visita Preparatoria: - Aval de la actividad por parte del
centro (Vicedecano/a de Relaciones Internacionales), con arreglo al modelo que
se acompaña como Anexo II. -
En
el caso de ser personal de centro adscrito, deberá adjuntar además una carta de
aval del director/a general técnico del centro (Anexo IV). - Carta de invitación de la institución
de destino. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) y finalizará el 28 de enero de 2021 (inclusive). Durante este periodo se realizarán dos fases de selección, tal y como a continuación se detalla: PRIMERA
FASE Las solicitudes presentadas desde el día siguiente al de la publicación hasta el 23 de noviembre de 2020, inclusive, serán consideradas en la primera fase del procedimiento de selección de la convocatoria. SEGUNDA
FASE Las
solicitudes presentadas entre el 24 de noviembre de 2020 y el 28 de enero de 2021,
ambos inclusive, serán consideradas en la segunda fase del procedimiento de selección. Al término
de cada fase se producirá una propuesta de resolución provisional, con su correspondiente
resolución definitiva.
Protección de datos De acuerdo
con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales
se pedirá que el beneficiario acepte, en el momento de realizar la solicitud,
que sus datos sean tratados para los fines específicos del programa, dando su
consentimiento al siguiente texto:
"Los datos requeridos durante el proceso
de solicitud de plaza de movilidad internacional y ayuda económica han de
proporcionarse preceptivamente para llevar a cabo la selección de los
participantes. Los datos serán tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales. Los datos se incorporarán a la base de datos de la
Universidad de Murcia (BORM, núm. 195, de 23 de agosto de 2002). Los derechos
de acceso, cancelación, oposición y rectificación podrán ser ejercidos ante la
Secretaría General de la Universidad de Murcia, radicada en la avenida Teniente
Flomesta nº 5, 30003, de la ciudad de Murcia (España).
Los datos personales serán tratados
exclusivamente en relación con la ejecución y evaluación del Programa Erasmus+,
sin perjuicio de la posibilidad de transferir dichos datos a los organismos
encargados de la inspección y auditoría de acuerdo con la legislación
europea."
También se
informará al solicitante de que a partir de ese momento se utilizará su
dirección de correo electrónico corporativo de la Universidad de Murcia para
todas las comunicaciones relacionadas con el proceso de solicitud, adjudicación
de plazas de movilidad internacional y gestión de la ayuda económica.
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6. Comisión de selección | ||||||||||||||||||||||||||||
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Se constituirá una Comisión de Selección que
llevará a cabo la valoración, selección y propuesta de concesión de financiación de las
movilidades solicitadas de entre
las solicitudes presentadas. Esta Comisión estará integrada por: Presidenta: La Vicerrectora de Investigación
e Internacionalización. Vocales: El Jefe de Área de Relaciones
Internacionales. La Jefa de Servicio de Movilidad
Internacional. Mínimo
un/a Coordinador/a Internacional.
Secretaria: Una Técnico del Programa Erasmus+. |
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7. Criterios de selección | ||||||||||||||||||||||||||||
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Debido
a la COVID-19, y visto que en la convocatoria 2019/20 ha habido muchos
participantes que se han visto obligados a renunciar a su movilidad como
consecuencia de este tema, excepcionalmente en la convocatoria 2020/21 se
tendrá en cuenta como criterio principal para seleccionar a los participantes
la renuncia por COVID-19, por lo que tendrán prioridad a la hora de la
selección.
Se
aplicarán los siguientes criterios para priorizar las solicitudes formuladas en
el caso de que la cuantía económica resultante de las que cumplan los
requisitos exceda del importe previsto en cada fase de selección:
Modalidad
Visita de Supervisión: a. Visitas a instituciones o áreas de
conocimiento de nueva implicación y cuyo inicio de movilidad se haya producido
para el presente curso 2020/21: 2 puntos. b. Visitas a instituciones que no se
hayan visitado el curso académico 2019/20 por el mismo tutor o tutora: 1 punto. c. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en
los cursos académicos 2018/19 o 2019/20: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada
curso académico).
Modalidad
Visita Preparatoria:
a. Acuerdos interinstitucionales
formalizados con nuevas áreas en el curso 2019/20 tras la realización de una
visita preparatoria (casos de éxito): 2 puntos. b. Tener las personas solicitantes la
condición de coordinador/a internacional o tutor/a responsable del programa
Erasmus+: 2 puntos. c. No
haber obtenido financiación para la realización de este tipo de movilidad en
los cursos académicos 2018/19 o 2019/20: hasta 3 puntos (1.5 puntos por cada
curso académico).
La Comisión de Selección está facultada, en
lo no previsto en esta convocatoria, para resolver las dudas que se presenten y
para proponer los acuerdos necesarios, en orden al buen fin de la misma. |
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8. Procedimiento de concesión | ||||||||||||||||||||||||||||
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La Convocatoria se resolverá mediante dos
fases de selección diferenciadas: Primera fase del procedimiento de selección Se evaluarán las solicitudes presentadas
hasta el 23 de noviembre
de 2020. Tras la primera fase del procedimiento de concesión las personas solicitantes que no hayan sido propuestos o propuestas para la obtención de financiación pasarán automáticamente a la segunda fase. Segunda
fase del procedimiento de selección Se
evaluarán las solicitudes presentadas desde el 24 de noviembre de 2020 al 28 de
enero de 2021. Tras la
segunda fase se constituirá una lista de espera de solicitantes, en función del
baremo aplicado, que podrán optar a financiación si se producen bajas de
adjudicatarios, ya que el número de movilidades financiadas por parte de la
Universidad de Murcia podrá verse incrementado en tanto que el número de
seleccionados supere el número de movilidades financiadas y siempre que el
Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización disponga de fondos para
designar a tal efecto.
La Comisión, una vez valoradas las
solicitudes, elaborará en cada fase del procedimiento una propuesta de
resolución de carácter provisional. |
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9. Resolución | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las
propuestas de resolución de la Comisión de Selección serán publicadas en el
Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), así como en la página web
del programa. Durante el plazo de diez días hábiles tras la publicación de cada
una, las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que estimen
convenientes, las cuales, en unión de las propuestas de resolución y del resto
del expediente, serán elevadas al Rector para la resolución definitiva de
adjudicación. La publicación
de la resolución definitiva habrá de producirse antes del 30 de junio de 2021.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a
los interesados para entender desestimada la solicitud por silencio
administrativo. |
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10. Posibilidad de revisión | ||||||||||||||||||||||||||||
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La adjudicación y disfrute de estas
plazas podrá ser revisada por el Rector de la Universidad de Murcia mediante
expediente contradictorio, a propuesta de la Vicerrectora de
Internacionalización, previo informe de la Comisión de Selección, cuya
resolución podrá dar lugar a la pérdida de la financiación, con reintegro de la
parte proporcional de las cantidades entregadas al adjudicatario en los supuestos en los que se hubiere incurrido
en ocultación, falseamiento de datos o incumplimiento de las actividades u
obligaciones de las personas seleccionadas previstas en la convocatoria. |
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11. Forma de pago y documentación | ||||||||||||||||||||||||||||
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El trámite de pago por adelantado de la financiación
sólo podrá realizarse una vez publicada la resolución
definitiva de adjudicación. A la vuelta de la movilidad, la persona beneficiaria
deberá entregar en el Servicio de Movilidad Internacional: Visitas
de Supervisión: -
Certificado
de Estancia. Sólo
se subvencionarán los días indicados en este documento, con un mínimo de 2 días
y un máximo de cinco días. (Documento que la institución de
acogida debe dar al beneficiario, con las fechas de inicio y fin de la
movilidad). -
Informe
final de la actividad. Visitas Preparatorias: -
Certificado de Estancia.
Sólo
se subvencionarán los días indicados en este documento, con un mínimo de 2 días
y un máximo de cinco días. (Documento
que la institución de acogida debe dar al beneficiario, con las fechas de
inicio y fin de la movilidad). - Informe final de la actividad.
Dicha documentación se puede obtener en esta página web en los puntos 14 y 15. |
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12. Obligaciones de los beneficiarios y reintegro | ||||||||||||||||||||||||||||
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Las personas
beneficiarias quedan sujetas a las siguientes obligaciones: - Realizar la actividad para la que se
concede la financiación. - En caso de que no sea posible realizar la
actividad, el beneficiario/a deberá comunicar al Servicio de Movilidad
Internacional su renuncia enviando un email a movilidadpdi@um.es,
para adjudicar esta
financiación a las personas
solicitantes en lista de espera. - Entregar
en el Servicio de Movilidad Internacional, antes
del 30 de junio de 2021 (fecha límite), certificado de estancia e informe
final de la actividad. - El sometimiento a las actuaciones de
comprobación efectuadas por el Servicio de Movilidad Internacional.
- Cuando se haya percibido de otras instituciones o
convocatorias una ayuda que, por sí sola o sumada a la concedida, supere el
coste de la actividad, procederá el reintegro total o parcial de la cantidad
percibida. |
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13. Recursos y previsiones derivadas del COVID19 | ||||||||||||||||||||||||||||
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La realización de la acción de movilidad queda condicionada a las medidas
sanitarias y a las eventuales restricciones de desplazamiento o de estancia
impuestas por España o por el país de destino. En su caso, la persona
beneficiaria deberá asegurarse de que cumple con las medidas que pudieran haber
sido fijadas por las autoridades competentes para posibilitar el desplazamiento
y la estancia.
La Universidad de Murcia no se hace responsable de los gastos adicionales
ocasionados una vez finalizado el periodo elegible de movilidad por razón de
restricciones sobrevenidas para el retorno o de otras circunstancias derivadas
de la crisis sanitaria internacional ocasionada por la pandemia de referencia. En la eventualidad que el periodo de movilidad se cancele o se interrumpa
una vez iniciado en destino, debido a circunstancias sobrevenidas provocadas
por la COVID-19, se podrá aplicar el principio de fuerza mayor para justificar
gastos incurridos de actividades no realizadas. Se comprobará en cada caso si
este reúne las circunstancias que autorizan considerar la presencia de una
causa de fuerza mayor, con arreglo a lo estipulado por la Comisión Europea.
Las personas beneficiarias en la anterior edición 2019/2020 que por causa
de la pandemia no pudieron realizar su estancia tendrán preferencia a los
efectos de esta convocatoria, siempre que sigan reuniendo los requisitos de
participación previstos en la base 6ª, en cuanto fueran aplicables, en el
supuesto de que la estancia frustrada no pudiera verificarse en esta edición al
margen de esta convocatoria. Es decir, sin que ello suponga afectar una o más
de las plazas objeto de la presente resolución.
La
presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de
los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27
de agosto, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición
ante el Rector de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados, en
ambos casos, desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin
perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho
convenga.
No se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición en su caso interpuesto. |
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14. Documentación Visita Preparatoria | ||||||||||||||||||||||||||||
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Para la solicitud: -Centros adscritos: carta aval Después de la movilidad: En el siguiente enlace se encuentran folletos, presentaciones y vídeos de la UMU y la Región de Murcia: |
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15. Documentación Visita de Supervisión | ||||||||||||||||||||||||||||
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Para la solicitud: -Centros adscritos: carta aval Después de la movilidad: En el siguiente enlace se encuentran folletos, presentaciones y vídeos de la UMU y la Región de Murcia: |
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Erasmus + y Brexit | ||||||||||||||||||||||||||||
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El Reino Unido ha abandonado la Unión
Europea con un acuerdo de retirada el 31 de enero de 2020, que entró en vigor
el 1 de febrero de 2020. El periodo transitorio finalizó el 31 de diciembre de
2020. El acuerdo de retirada prevé la participación del Reino Unido en el
actual programa Erasmus+ 2014-2020 hasta el cierre del programa, lo que
significa que los beneficiarios del Reino Unido pueden continuar participando
en los proyectos subvencionados en virtud del Reglamento UE 1288/2013 hasta que
se completen todas las actividades, incluso si son después de 2020. Las
actividades y movilidades de estudiantes, docentes y personal de los proyectos
aprobados en el marco del Programa Erasmus+ 2014-2020 no se verán interrumpidas
ni estarán afectadas por el Brexit. Las movilidades a Reino Unido siguen en vigor,
ampliado por causa Covid, y su fecha de finalización deberá ser como máximo el 31 de mayo de 2022. Todas
las movilidades tendrán las siguientes
características:
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LISTADO UNIVERSIDADES EUROPEAS CON CARTA ERASMUS | ||||||||||||||||||||||||||||
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En la siguiente web de la Comisión Europea, pinchando en Erasmus Charter holders' list, aparece un listado con todas las universidades europeas con Carta Erasmus y sus correspondientes códigos Erasmus: https://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/actions/erasmus-charter_en |
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Enlace a Jornadas Informativas programas movilidad | ||||||||||||||||||||||||||||
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Como cada año, el Servicio de Movilidad Internacional del Área de Relaciones Internacionales, realiza las jornadas informativas sobre los distintos programas de movilidad internacional disponibles para toda la comunidad universitaria. Las sesiones han sido grabadas, y se pueden visualizar, entre ellas las del programa Erasmus+ para el PDI, en el siguiente enlace: |
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